A causa del aumento de la aparición de producciones de aceite de palma en países como Malasia, Indonesia y algunas partes de África y América Latina, ha surgido la “apropiación de tierras” lo que afecta directamente a la población local. Por lo general suele producirse una adquisición de esas tierras sin consentimiento libre, previo o informado (CLPI) de las comunidades locales, lo que provoca el desenlace de conflictos.
Como consecuencia de ello, se ha desarrollado una guía en la que se ayuda a los miembros de la RSPO sirviendo para la orientación en la exploración de estas áreas. El CLPI siempre ha sido un requisito en relación a la RSPO, desde su adopción como principio fundamental, ya en 2005, siendo el objetivo fundamental la garantía de la igualdad.
La garantía de igualdad en base a las condiciones entre comunidades, gobierno y las corporaciones, es uno de los objetivos fundamentales, siendo las corporaciones las encargadas de cumplir leyes establecidas al mismo tiempo que las tradicionales, las cuales tienen aún mayor importancia, pudiendo la silvicultura y otros negocios establecerse en esas tierras.
Además, ante negociaciones, ha de evitarse siempre cualquier tipo de coacción entre inversores, el gobierno y las comunidades en las que se produce la actividad extractiva. Los principios de CLPI, han de ajustarse a las leyes internacionales de derechos humanos, siendo necesario realizar evaluaciones de impacto más a fondo, el diseño de proyectos y el desarrollo de acuerdos de participación en los beneficios.
Como consecuencia de todo ello, y del establecimiento de acuerdos equitativos entre las comunidades locales, empresas y gobiernos, es necesario el empleo de métodos que no comprometan los derechos de las personas que residen en las zonas extractivas. Del desarrollo de acuerdos, deriva la oferta de mayor seguridad y menor riesgo de inversión para las empresas involucradas.
Para crear conciencia del concepto de CLPI y su importancia en relación al desempeño social, se desarrolló una guía para empresas en el año 2008, por parte de la RSPO y el programa de Pueblos de los Bosques. Además de ello, y como consecuencia de los nuevos requisitos incorporados en 2013, se desarrollarán revisiones, de acuerdo a necesidades emergentes y a las experiencias más amplias con el CLPI en otros sectores.
La base de esta formación ha sido:
· Procedimientos normalizados de trabajo y políticas
· Experiencias en la comunidad documentadas en los estudios de casos y las revisiones independientes
· Aprendizajes adquiridos de experiencias de campo de las empresas
· Herramientas empleadas para valorar la eficacia de EIAS y CLPI
· Comunicaciones y quejas
· Lecciones y datos a destacar como resultado de las auditorías.
Además también se presta especial atención a la importancia de la orientación clara en cuanto a la representación de la comunidad, siendo necesario el respeto en cuanto a la toma de decisiones, la cartografía participativa, la equidad de género, al mismo tiempo que es necesario considerar la importancia de asegurar medios de vida e identificación de tierras, haciendo frente a divergentes nociones sobre los derechos sobre las tierras.
El proceso de revisión de la guía de CLPI, ha conllevado e involucrado a una amplia gama de interesados, en particular a portavoces de la comunidad las empresas productoras y auditores.
Finalmente, y como resultado de todo ello, la entrada en vigor de la guía fue inmediata a causa de la aceptación de la junta de gobernadores de la RSPO y teniendo en cuenta aportaciones de todas las partes vinculadas.
fuente: rspo.org