Usamos cookies en nuestro sitio web para brindarte la experiencia más relevante recordando tus preferencias y visitas repetidas. Haz clic en "Aceptar todas las cookies" para disfrutar de esta web con todas las cookies, configura tus preferencias antes de aceptarlas o utiliza el botón "Rechazar todas las cookies" para continuar sin aceptar.

Gestión de Cookies
Zona Clientes
User
Password
Campus e-Learning
User
Password
  • Zona Clientes
  • Campus E-Learning
Noticias  /  Ocho recomendaciones básicas para implementar las normas de seguridad y salud en la empresa.

Ocho recomendaciones básicas para implementar las normas de seguridad y salud en la empresa.

18/05/2015

Luego de los cambios fijados por la Resolución Ministerial 571-2014/MINSA, Ley N° 30222, y por el Decreto Supremo N° 006-2014-TR, se ha atendido el pedido empresarial de flexibilizar la regulación en Seguridad y Salud en el Trabajo, siendo ocho los cambios y recomendaciones para las empresas peruanas.
  • 1. Exámenes médicos: La norma precisa que pueden realizarse cada dos años. No se exige que sean anuales salvo actividades de riesgo. Los de cese son facultativos a menos que el trabajador los requiera. Los costos de los exámenes los asume el empleador.

Recomendación: Contratar a un médico ocupacional o a una institución médica que realice los exámenes. Si el personal no se somete a los mismos podrá ser sancionado. Respecto a los exámenes de cese es recomendable que el trabajador que no desee evaluarse lo manifieste por escrito.

  • 2. Contratación del médico ocupacional: El Ejecutivo flexibilizó la exigencia de contar con un médico ocupacional seis días a la semana pues el mínimo de trabajadores que ello opere se incrementa de más de 200 a más de 500. Si se emplea a menos de 500, el médico es quien decide el número de horas de permanencia en la empresa.
Recomendación: No es necesario incorporar al médico en planillas de la empresa. Se puede tercerizar el servicio. Si el médico va a permanecer seis días a la semana no sugerimos contratarlo por honorarios.

  • 3. Transferencia del trabajador: La última modificación precisa que el derecho de los trabajadores a ser transferidos en caso de accidente de trabajo o enfermedad ocupacional a otro puesto que implique menos riesgo para su seguridad y salud no procede en caso de invalidez absoluta permanente.
RecomendaciónTener en cuenta las recomendaciones del médico ocupacional en las evaluaciones que se practiquen al personal a efectos de evitar que la actividad laboral empeore su estado de salud. Si no existe puesto de trabajo para reubicar al trabajador, se sugiere explorar alternativas de cese consensuado. Recordemos que, si este estado se diagnostica conforme lo indica la legislación laboral, culminará la relación laboral.
  • 4. Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: La norma indica que el comité paritario cuando la empresa tenga por lo menos 20 trabajadores.
Recomendación: Se debe proceder con la elección de los representantes del personal y la designación de los representantes del empleador en el más breve plazo, y no olvidar las sesiones mensuales.
  • 5. Reglamento Interno de Seguridad y Salud del Trabajo: Debe aprobarse por el Comité cuando tenga por lo menos 20 trabajadores.
Recomendación: Elaborar el IPER (Identificacion de Peligros y Evaluación de Riesgos) y tomar información para el Reglamento.
  • 6. Capacitaciones en seguridad y salud en el trabajo: Realizar por lo menos cuatro capacitaciones.
Recomendación: Pueden ser capacitaciones virtuales.
  • 7. Licencia miembros del Comité: La licencia con goce de haber a la que tienen derecho los miembros del Comité y el supervisor, para actos de concurrencia obligatoria de por 30 días al año, debe ser previamente aprobada por el Comité.
Recomendación: Solicitar cronograma de actividades al Comité. No negarse sin razón alguna a otorgar la licencia.
  • 8. Terceros que destacan personalEl empleador es el responsable por garantizar un ambiente adecuado de trabajo para su personal, empresas de intermediación, cooperativas, contratistas, subcontratistas que le destaquen personal. Asimismo, es responsable de vigilar la salud del personal de los mencionados terceros.
Recomendación: Contratar a terceros formales que cumplan la regulación en seguridad y salud en el trabajo.
 

Fuente:gestion.pe
Solicita más información

En cumplimiento de la normativa de protección de datos, en particular del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, le informamos que los datos personales que usted nos facilita a través del presente formulario, serán utilizados por International Dynamics Advisors (INTEDYA), para tramitar su solicitud de información respecto al asunto indicado. .

Los datos personales marcados con (*) son imprescindibles para tramitar su solicitud, siendo el resto opcionales, y orientados a mejorar las vías de comunicación con los solicitantes. INTEDYA únicamente comunicará sus datos a las oficinas (pertenecientes a su red de oficinas) necesarias o relacionadas con el servicio solicitado, no realizando ninguna otra comunicación, más allá de las obligaciones legales que puedan derivarse del tratamiento. Asimismo, ni INTEDYA ni las oficinas de su red implicadas, utilizará sus datos con finalidades distintas a las indicadas, salvo autorización expresa y previa del titular de los mismos. Los datos personales serán tratados únicamente durante el tiempo necesario para tramitar su solicitud, tras lo cual se procederá a su supresión. Le informamos sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y limitación del tratamiento, en los términos previstos en la ley, que podrá ejercitar dirigiéndose a International Dynamics Advisors, en Calle Secundino Roces Riera, nº 5, planta 2, oficina 7, Parque Empresarial de Asipo I. C.P. 33428 Cayés, Llanera (Asturias)., o a la dirección de correo electrónico info@intedya.com.

Además, en caso de que usted nos autorice expresamente, INTEDYA podrá utilizar sus datos de contacto para el envío de Newsletter, comunicaciones, notificaciones y, en general, información sobre nuestros productos y servicios que puedan resultar de su interés.

Para obtener más información sobre el uso de los datos de carácter personal, así como sobre el cumplimiento de los principios, requisitos y derechos recogidos de la normativa de protección de datos, INTEDYA pone a disposición de los interesados, a través de su página web, su Política de Privacidad.

Trabajamos formando un banco mundial de conocimiento, sumando la experiencia y capacidades de todos nuestros profesionales y colaboradores capaces de formar el mejor equipo internacional de conocimiento.

Reconocimientos y participación

INCIBECursos Universitarios de Especialización UEMCStaregisterUNE Normalización EspañolaOganización Asociada a la WORLD COMPLIANCE ASSOCIATIONStandards Boost BusinessMiembros de ANSI (American National Standards Institute)Miembros de la Green Industry PlatformMiembros de la Asociación Española de la CalidadAdheridos al Pacto de LuxemburgoMiembros de la European Association for International Education