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Áreas de Conocimiento  /  Directivas Europeas de producto

ÁREA DE
Directivas Europeas de producto

Con el fin de eliminar las trabas y promover el intercambio de productos dentro de los países miembros de la Unión Europea, han sido desarrolladas Directivas Europeas (también denominadas Directivas de Nuevo Enfoque o Directivas de Marcado CE) que sustituyen a las normativas y reglamentaciones que anteriormente hubiera establecido cada país miembro y unifican así el escenario normativo al que están sujetos los fabricantes en la Unión.

El marcado CE es el símbolo a través del cual el fabricante (o el importador, en su caso) se responsabiliza de que su producto ha sido diseñado, fabricado y puesto en servicio acorde al a Directiva o Directivas Europeas que le sean de aplicación, pues puede darse el caso de que un mismo producto esté sujeto a varias directivas diferentes.

El fabricante es el responsable de los procedimientos de certificación de su producto, que pueden conllevar, en algunos casos, la intervención de un Organismo Notificado externo.

 

Ventajas y Beneficios

El marcado CE es un requisito legal que aplica a los productos que son comercializados dentro de la Unión Europea. Por tanto, las ventajas de su implementación serían las siguientes:

  • Eliminar el riesgo de multas y sanciones
  • Posibilitar la exportación del producto a otros países de la Unión Europea
  • Mejora el posicionamiento en el mercado europeo e internacional del producto.
  • Mejora en la imagen de la empresa.
  • Mejora en la imagen del producto.
  • Mayor fiabilidad en los consumidores.

Empresas

Las Directivas Europeas afectan a un nutrido grupo de productos de distinta índole, por lo que se trata de una legislación que deben aplicar empresas de distintos sectores entre los que se pueden destacar los siguientes:

  • Fabricantes de máquinas (Directiva 2006/42/CE)
  • Fabricantes de material eléctrico (Directiva 2006/95/CEE)
  • Fabricantes de productos de construcción (Reglamento 305/2011)
  • Fabricantes de juguetes (Directiva 88/378/CEE)
  • Fabricantes de productos sanitarios (Directiva 93/42/CEE)

y un largo etc.

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