A partir de Mañana , dia 1 de Julio de este año, 2014, las estructuras metálicas comercializadas en la Unión Europea, deberán cumplir obligatoriamente con el Reglamento de Productos de la Construcción (RPC) nº 305/2011 y disponer del marcado CE conforme a la norma EN 1090.
Esto supone un reto, fundamentalmente, para los fabricantes de las estructuras, pero requiere un cambio de mentalidad de las ingenierías, empresas de montaje y entidades de inspección y certificación que deben entender los cambios que esta nueva ley introduce en cuanto al diseño, compra de materiales y subcontratación de servicios, fabricación, inspección y montaje de las estructuras metálicas.
En el caso de las estructuras metálicas la norma ya está publicada y es la EN 1090-1 que define no sólo que el fabricante de la estructura debe cumplir con los requisitos de diseño y fabricación que se detallan en la norma, sino que además éste debe garantizar su cumplimiento a través de la implantación de un Sistema de Control de Producción en Fábrica, basado en ISO 9001 pero que incluye aspectos concretos relevantes y específicos para las estructuras. Este sistema debe de ser auditado por una tercera parte independiente que recibe el nombre de Organismo Notificado, porque ha sido “notificado” (comunicado) a Bruselas por parte del país donde ese organismo tiene la sede principal como una entidad competente para poder hacer este tipo de auditorías.
Una vez superada la auditoría y obtenido el certificado, el fabricante puede ya poner la marca CE sobre el producto.
No cumplir con esta norma se considera una “ofensa criminal” y tiene repercusiones legales
En cuanto a los plazos, desde septiembre de 2012, los fabricantes de estructuras han podido de manera voluntaria cumplir con la EN 1090 y marcar CE sus equipos tras superar la mencionada auditoría. Pero el periodo de coexistencia termina en Julio de este año y es a partir del 1 de Julio de 2014 cuando el cumplimiento es obligatorio.
Fuente: Camara de Madrid
