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Noticias  /  Cibersanciones: El dilema de las monedas virtuales frente a los recientes anuncios de OFAC

Cibersanciones: El dilema de las monedas virtuales frente a los recientes anuncios de OFAC

El dilema de las monedas virtuales frente a los recientes anuncios de OFAC.

23/04/2018

El Departamento del Tesoro de Estados Unidos podría incluir direcciones de carteras blockchain en las listas de sanciones financieras que suele emitir la entidad. Las disposiciones legales publicadas hace algunos días por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) explica que esta oficina podría incluir direcciones blockchain específicas en la lista de Nacionales especialmente designados (SDN).

En el documento se explica que las criptomonedas y activos digitales deben cumplir con las mismas responsabilidades que otro tipo de activos.

Los ciudadanos de Estados Unidos (y aquellas personas sujetas a la jurisdicción de la OFAC) deben asegurarse de bloquear la propiedad y los intereses sobre propiedades de las personas nombradas en la lista SDN de la OFAC o de cualquier entidad propiedad de la persona sancionada, directa o indirectamente, en más de 50%, y de no comprometerse en intercambios con estas personas

De forma general, los ciudadanos estadounidenses o aquellas personas sujetas a la jurisdicción de la OFAC, incluyendo las firmas que facilitan el comercio electrónico o que procesan transacciones en monedas digitales, son responsables de asegurarse de no participar en transacciones no autorizadas o prohibidas por las sanciones de la OFAC.

Q&A de OFAC sobre las Monedas Virtuales:

A los efectos de los programas de sanciones de la OFAC, ¿qué significan los términos “moneda virtual”, “moneda digital”, “billetera de moneda digital” y “dirección de moneda digital”?

La moneda virtual es una representación digital de valor que funciona como:

–un medio de intercambio;

–una unidad de cuenta; y / o

–una reserva de valor;

no es emitido ni respaldado por ninguna jurisdicción; y no tiene estado de curso legal en ninguna jurisdicción.

La moneda digital incluye la criptomoneda soberana, la moneda virtual (no fiduciaria) y una representación digital de la moneda fiduciaria.

Una billetera de moneda digital es un software (u otro mecanismo) que proporciona un medio para almacenar, reservar y transferir moneda digital. Una billetera contiene las direcciones de moneda digital del usuario, que permiten al usuario recibir moneda digital, y claves privadas, que le permiten al usuario transferir moneda digital. La billetera también mantiene el saldo de moneda digital del usuario. Un proveedor de billetera es una persona (individuo o entidad) que proporciona el software para crear y administrar billeteras, que los usuarios pueden descargar. Un proveedor de billetera alojado es una empresa que crea y almacena una billetera de moneda digital en nombre de un cliente. La mayoría de las carteras alojadas también ofrecen servicios de intercambio y pagos para facilitar la participación de los usuarios en un sistema de moneda digital.

Una dirección de moneda digital es un identificador alfanumérico que representa un destino potencial para una transferencia de moneda digital. Una dirección de moneda digital está asociada a una billetera de moneda digital.

¿Son las obligaciones de cumplimiento OFAC iguales, independientemente de si una transacción está denominada en moneda digital o en moneda fiduciaria tradicional?

Sí, las obligaciones son las mismas. Las personas estadounidenses (y personas sujetas a la jurisdicción OFAC) deben asegurarse de bloquear la propiedad e intereses en propiedades de personas que figuren en la lista SDN de la OFAC o cualquier entidad que posea en conjunto, directa o indirectamente, el 50% o más de una o más personas bloqueadas, y de que no se realicen transacciones comerciales o de otro tipo con esas personas.

En términos generales, las personas de EE.UU. y personas sujetas a la jurisdicción de la OFAC, incluidas las empresas que facilitan o participan en el comercio en línea o procesan transacciones utilizando monedas digitales, son responsables de garantizar que no realizan transacciones no autorizadas prohibidas por las sanciones de la OFAC, tales como operaciones con personas o bienes bloqueados, o participar en transacciones comerciales prohibidas o relacionadas con inversiones. Las transacciones prohibidas incluyen transacciones que evaden o evitan—o tienen el propósito de evadir o evitar—, causar una violación –o intentar violar— las prohibiciones impuestas por la OFAC bajo varias autoridades de sanciones. Además, las personas que proporcionan apoyo financiero, material o tecnológico para una persona designada pueden ser designadas por OFAC bajo la autoridad de sanciones correspondiente.

Personas que incluyen compañías de tecnología; administradores, intercambiadores y usuarios de monedas digitales; y otros procesadores de pagos deberían desarrollar un programa de cumplimiento a medida, basado en el riesgo, que generalmente debería incluir el cribado de la lista de sanciones y otras medidas apropiadas. Una solución de cumplimiento adecuada dependerá de una variedad de factores, incluido el tipo de negocio involucrado. No existe un solo programa de cumplimiento o solución adecuada para todas las circunstancias.

¿Cómo utilizará la OFAC sus autoridades existentes para sancionar a quienes usan monedas digitales con fines ilícitos?

Las estrategias de todo el gobierno de Estados Unidos para combatir las amenazas mundiales como el terrorismo, el crimen organizado transnacional, la actividad cibernética maliciosa, el tráfico de narcóticos, la proliferación de armas de destrucción masiva y los abusos contra los derechos humanos apuntan a una serie de actividades, incluyendo el uso de monedas digitales u otros sistemas emergentes de pago para realizar transacciones financieras prohibidas y eludir los regímenes de sanciones de Estados Unidos. Las estrategias se basan en una amplia gama de herramientas y autoridades para responder a la creciente y cambiante amenaza que representan los actores malintencionados que usan nuevos mecanismos de pago. OFAC utilizará las sanciones en la lucha contra los delincuentes y otros actores malintencionados que abusen de las monedas digitales y los sistemas emergentes de pago como complemento de las herramientas existentes, incluidas las autoridades de extensión diplomática y de aplicación de la ley. Para fortalecer nuestros esfuerzos para combatir el uso ilícito de las transacciones en moneda digital bajo nuestras autoridades existentes, OFAC puede incluir como identificadores en las listas SDN a direcciones de moneda digital específica asociadas con personas bloqueadas.

¿Cómo identificará la OFAC la información digital relacionada con la moneda en la Lista SDN?

OFAC puede agregar direcciones de moneda digital a la Lista SDN para alertar al público sobre específicos identificadores de moneda digital asociados con una persona bloqueada. Las listas de direcciones de moneda digital de OFAC no son exhaustivas. Las partes que identifican identificadores de monedas digitales o billeteras que creen que son propiedad de, o están asociadas con, un SDN y poseen dicha propiedad deben tomar los pasos necesarios para bloquear la moneda digital relevante y presentar un informe con OFAC que incluya información sobre la billetera o la propiedad de la dirección y cualquier otro detalle relevante.

¿Cuál es la estructura de una dirección de moneda digital en la lista SDN de OFAC?

El campo de dirección de moneda digital en la Lista SDN proporciona identificadores alfanuméricos únicos (hasta 256 caracteres) para direcciones de moneda digital e identifica la moneda digital a la que corresponde la dirección (por ejemplo, Bitcoin (BTC), Ether (ETH), Litecoin (LTC), Neo (NEO), Dash (DASH), Ripple (XRP), Iota (MIOTA), Monero (XMR) y Petro (PTR).

 

Fuente: delitos financieros

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