Al tratarse de una exigencia legal aplicable, el Delegado de Protección de Datos (DPD) es una nueva figura en España que tendrá una demanda laboral garantizada. Se trata de una ‘’nueva profesión’’ de asesoramiento en materia de protección de datos, que puede desempeñar el propio personal de la organización debidamente cualificado y dotado de los recursos necesarios por parte de la dirección.
El Delegado de Protección de Datos (DPD) es un profesional cuyas funciones se establecen en el artículo 39 del Reglamento (UE) 679/2016, y se ocupa de la aplicación de la legislación sobre privacidad y protección de datos. El DPD tendrá como mínimo las siguientes funciones:
Esta nueva figura desempeñará sus funciones prestando la debida atención a los riesgos asociados a las operaciones de tratamiento, teniendo en cuenta la naturaleza, el alcance, el contexto y fines del tratamiento.
Además, el DPD deberá reunir conocimientos especializados del Derecho y la práctica en materia de protección de datos.
Fuente: infocalidad
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