Ayer, día 18 de abril, los cinco jueces internacionales en el Tribunal de Monsanto presentaron su opinión legal y han llegado a conclusiones importantes acerca de la conducta de Monsanto como sobre la necesidad del desarrollo del derecho internacional.
Los jueces han concluido que Monsanto, máxima productora mundial de herbicidas, ha participado en prácticas que han afectado negativamente el derecho a un medio ambiente saludable, el derecho a la alimentación y a la salud. Además la conducta de Monsanto está afectando negativamente el derecho a la libertad para la investigación científica.
Los jueces concluyen que, a pesar del desarrollo de herramientas para proteger al medio ambiente, sigue habiendo una brecha entre los compromisos y la realidad de proteger el medio ambiente. El derecho internacional debe afirmar con precisión y claridad la protección del medio ambiente y el delito de ecocidio. El Tribunal llegó a la conclusión de que si tal crimen de ecocidio fuera reconocido en el derecho penal internacional, las actividades de Monsanto podrían constituir un delito de ecocidio.
Además, el Tribunal se centra en la creciente brecha entre el derecho internacional de los derechos humanos y la rendición de cuentas de las empresas. Exige la necesidad de darle valor a la primacía de los derechos humanos y ambientales dentro del derecho internacional.
A día de hoy existe un conjunto de normas legales para proteger los derechos de los inversores en el marco de la Organización Mundial del Comercio y en los tratados bilaterales de inversión y en las cláusulas de los acuerdos de libre comercio. Estas disposiciones tienden a socavar la capacidad de las naciones para mantener políticas, leyes y prácticas que protegen los derechos humanos y ambientales. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) necesita urgentemente tomar medidas, de lo contrario las cuestiones clave serán resueltas por tribunales privados que operan totalmente fuera del marco de la ONU.
El Tribunal también insta a que los participantes no estatales sean responsables en el marco del derecho internacional de los derechos humanos. También reitera que las empresas multinacionales deben ser reconocidas como responsables y deben ser sometidas a la jurisdicción de la Corte Penal Internacional en caso de violación de los derechos fundamentales. El Tribunal identifica y denuncia una grave disparidad entre los derechos de las empresas multinacionales y sus obligaciones. Por lo tanto, la opinión consultiva alienta a los órganos autorizados a proteger la eficacia de los derechos humanos internacionales y el derecho ambiental contra la conducta de las empresas multinacionales.
Las conclusiones son de interés tanto para los críticos de Monsanto como para la Agricultura Industrial y para los accionistas de las empresas químicas. La reputación de Monsanto no mejorará con estas conclusiones por parte de los jueces del Tribunal. La opinión consultiva es una señal fuerte para los involucrados en el derecho internacional, pero también para las víctimas de productos químicos tóxicos y poder corporativo. El Tribunal ha creado vínculos y ha compartido información importante entre abogados y organizaciones que representan a las víctimas. Esto iluminará el verdadero costo de producción y afectará el valor de las acciones a largo plazo.
Fuente: IFOAM