Francia acogió el pasado 29 de noviembre la Asamblea Nacional donde fue aprobada la propuesta de ley mediante la cual se regula el deber de la vigilancia de las multinacionales por violaciones de los Derechos Humanos y atentados al medio ambiente en su cadena de valor en el extranjero. En el caso de que esta ley salga adelante, las empresas se verán obligadas a vigilar el ejercicio de sus filiales tanto nacionales como extranjeras y de toda la cadena de proveedores.
Esta ley se inició en noviembre de 2013, cuando tres miembros de la Asamblea Nacional francesa presentaron un proyecto de ley para regular la responsabilidad de las empresas matrices en sus cadenas de valor en el extranjero. En el texto se resaltaba la responsabilidad civil y penal para todas las empresas cuya sede se encontrase localizada en Francia en caso de violaciones de derechos humanos en el extranjero. Además, las empresas serían las encargadas de demostrar la aplicación de las medidas necesarias para prevenir las violaciones de los derechos humanos.
El 29 de enero de 2015 la Asamblea Nacional decidió reformular el texto por razones jurídicas y técnicas. El nuevo texto insta a que grandes empresas pongan en marcha un plan de vigilancia mediante el cual se pueda identificar y prevenir todos aquellos riesgos que estén ligados a sus actividades, a lo largo de toda la cadena de aprovisionamiento.
Este proyecto de ley representa un paso adelante en el ámbito de los negocios y los derechos humanos. Las empresas multinacionales deberán responder por sus proveedores en situaciones perjudiciales para el medio ambiente o los derechos humanos. También se exigirán responsabilidades a todas aquellas entidades que no estén provistas de un plan de vigilancia, que tengan uno, pero insuficiente, o a las que no lo pongan en práctica.
Se exige que todas las empresas francesas con una plantilla compuesta por más de 5.000 empleados, desarrollen conjuntamente con sus “partes interesadas” medidas razonables de diligencia con el objetivo de:
La ley sólo afecta a alrededor de 100 compañías y no garantiza el acceso a la justicia de las víctimas.
El plan debe incluir:
Toda aquella empresa que no lleve a cabo un plan de vigilancia, podría ser requerida a hacerlo en un plazo de tres meses. En caso de incumplimiento, podría ser condenada a una multa de hasta 10 millones de euros. Sin embargo, si el riesgo se materializa, con daños mayores, la multa se puede triplicar.
Fuente: ágorarsc