Toda instalación cuyo objetivo sea el comercio de alimentos, tendrá que ofrecer al consumidor ciertas garantías de calidad y trazabilidad de sus productos.
Para demostrar el cumplimiento ciertos requisitos mínimos, se recurre a la certificación de terceros como procedimiento de garantía del óptimo estado de los productos, así como del adecuado desarrollo de procesos y procedimientos.
Está certificación de tercera parte estará basada en la verificación desarrollada por terceras partes sin interés directo en la relación económica con proveedores o compradores, y determinará la conformidad/ no conformidad con ciertos criterios de calidad.
En relación a ello, podemos plantearnos determinadas cuestiones:
¿Cómo funcionará el programa de certificación de tercera parte con la norma FSMA?
La regla final establece un sistema para que la FDA reconozca los organismos de acreditación que a su vez acreditarán a los organismos de certificación de terceros para llevar a cabo auditorías de seguridad alimentaria y emitir las correspondientes certificaciones para las instalaciones de alimentos extranjeros y los alimentos que ellos producen.
Las certificaciones solicitadas para la participación en el Programa Voluntario Importador Calificada (VQIP), permitirán la revisión acelerada y la entrada de alimentos de los importadores en el programa.
Para evitar que los alimentos potencialmente perjudiciales lleguen a los consumidores de Estados Unidos, la FDA puede requerir en circunstancias específicas que un alimento ofrecido para su importación acompañada de una certificación de un organismo de certificación de tercera parte acreditada.
Los organismos de certificación tendrán que presentar sus informes de auditoría para el desarrollo de auditorías reglamentarias, en las que se examine una instalación para el cumplimiento de los requisitos de seguridad alimentaria de la FDA con fines de certificación, y un organismo de certificación de tercera parte acreditado deberá presentar un informe de auditoría rutinario a la FDA.
Requisitos básicos
Para el reconocimiento de los organismos de acreditación reconocidos la FDA podrá conceder hasta un plazo de acreditación de 5 años, determinándose la longitud de reconocimiento concedida sobre una base, caso por caso, en función de una serie de factores entre los que se incluyen la experiencia en la realización de trabajo de acreditación de los organismos de acreditación en el área de la seguridad alimentaria.
Para los organismos de certificación, la duración máxima de la última acreditación bajo la regla, es de cuatro años.
Fuente: FDA