Son numerosos los riesgos asociados al blanqueo de capitales en las organizaciones, siendo una cuestión sobre la que incidir por las consecuencias que pueden derivar de ello. En la actualidad las entidades están especialmente sometidas a requerimientos legales concretos con una regulación rigurosa. Esta normativa suele ser bastante compleja, y las sanciones que conlleva suelen ser muy altas.
Esto nos lleva a considerar la importancia de la aplicación de metodologías o estrategias que garanticen la posibilidad de hacer frente a estos riesgos, implicando a todas las partes que forman parte de la empresa, garantizando el establecimiento de políticas, procedimientos, y cumplimiento legal y normativo además del cumplimiento de códigos éticos en los casos en los que se haya ratificado el compromiso.
Considerando la importancia de este tipo de aspectos, y con la finalidad de hacer frente a estas situaciones y ayudar a las organizaciones a desarrollar e implementar sistemas que les sean útiles para dar cumplimiento al complejo entramado de requisitos legales y regulatorios al que se ven sometidas, el comité ISO ha desarrollado la norma internacional 19600, Sistema de Gestión del Cumplimiento.
Esta norma internacional se centra fundamentalmente en la identificación de riesgos, considerando aquellos inherentes a la actividad desarrollada, además de otros controles desarrollados por la empresa para determinar los riesgos residuales, esto permite clarificar los objetivos y mejorar consecuentemente el mapa de riesgos de la empresa.
El Compliance facilita a las empresas u organizaciones el establecimiento de estrategias y procedimientos orientados al cumplimiento normativo, tanto interno como externo, y con repercusión directa en cuanto al desarrollo de consecuencias legales, normativas, pérdidas financieras, materiales o de reputación empresarial.
Así para las empresas es posible el desarrollo de procedimientos adecuados, así como el establecimiento de políticas de actuación ante determinadas materias, la detección y gestión de los riesgos de incumplimiento de las obligaciones regulatorias ,la mitigación de los riesgos de sanción y las pérdidas que derivadas de tales incumplimientos.
A modo de ejemplo concreto, cabe destacar la última reforma penal en España, habiendo pasado a ser clave la importancia de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, además de la aparición de los denominados delitos imprudentes y dolosos en materia de blanqueo. Esto ha supuesto la necesidad de considerar la importancia de la identificación, evaluación y el tratamiento de riesgos, como aspecto sobre el que las empresas han de incidir.
En materia de Compliance se han desarrollado diferentes obligaciones en cuanto a la prevención de blanqueo que antes de la reforma penal no existían. Es por ello que habrá que ver si la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, adaptada a la ISO 19600 permite el buen tratamiento a los delitos de blanqueo doloso o el delito de blanqueo imprudente dentro de las organizaciones.
ISO 19600 se puede adaptar a la estructura de cualquier empresa, desde las más grandes a pyme o micropymes en función de su propio contexto y relevancia del COMPLIANCE o cumplimiento en su propia realidad. Esta norma de Sistemas de Gestión de Compliance contempla una serie de guías y recomendaciones cuyo objetivo es el de proporcionar orientaciones sobre la forma de establecer, desarrollar, ejecutar, evaluar, mantener y mejorar un sistema de gestión de cumplimiento eficaz dentro de cualquier organización.
La base de esta norma son los principios de buena gobernanza, proporcionalidad, transparencia y sostenibilidad. Es por ello que estos modelos o sistemas de gestión no pueden ser uniformes o invariables, ya que el alcance de la aplicación de estas directrices depende del tamaño, la estructura, la naturaleza y complejidad de la organización.
LA PREVENCIÓN DEL BLANQUEO Y EL CUMPLIMIENTO NORMATIVO.
Como resultado de la reforma penal y de la consideración de las personas jurídicas como “imputables”, existe una relación abierta entre el sistema de cumplimiento normativo específico en materia de prevención del blanqueo, y el desarrollo consecuente de una ley que hace frente a estas situaciones.
La prevención de blanqueo de capitales y el cumplimiento normativo no son dos compartimentos estancos con una conexión evidente. Ante ello, en la actualidad es necesario considerar la importancia de la última reforma del código penal y la consideración de la responsabilidad penal de las personas jurídicas , ya que orientan hacia el desarrollo de un sistema de cumplimiento normativo específico en materia de prevención del blanqueo, con ley y reglamento específico.
Cualquier empresa es susceptible de la comisión de delitos como consecuencia de acciones u omisiones de su personal, directivos, colaboradores, etc., lo cual debe orientar a las mismas hacia el desarrollo o el establecimiento de políticas de cumplimiento normativo que garanticen su solidez y minimicen considerablemente sus riesgos.
