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Noticias  /  La eficiencia energética y su certificación

La eficiencia energética y su certificación

Carrera a contrarreloj de las empresas para superar la auditoría

09/06/2016

Las Grandes empresas Españolas se encuentran en la actualidad temporalmente limitadas para el desarrollo de procesos de auditorías de eficiencia energética, de cara al próximo 14 de Noviembre.Esto hace referencia directa a los planteamientos del Real Decreto 56/2016 de 12 de febrero. 
 
Esta disposición afecta a cerca de 3.800 compañías con más de 250 trabajadores o a aquellas que cuentan con menos empleados, pero cuyo volumen de negocio anual exceda los 50 millones de euros, o un balance general anual de más de 43 millones de euros. 
 
Las pymes están excluidas, aunque no así las empresas públicas, universidades u otros servicios con fines lucrativos, como tampoco los centros de trabajo temporal. Industria calcula que tendrán que auditarse cerca de 27.000 establecimientos y locales. Y todo parece indicar que el poco tiempo disponible dificultará el desarrollo de las auditorías. 
 
De acuerdo a los datos disponibles, se estima que sería necesario desarrollar casi 27.000 auditorías, y considerando que el tiempo disponible para ello es de nueve meses (desde que se aprobó el Real Decreto), se trata de muy poco tiempo para que las grandes empresas puedan cumplirlo. Es por ello, que se estima que será necesaria una prorroga que permita ampliar el tiempo para cumplirlo.
 
Las auditorías energéticas se realizarán cada cuatro años, de acuerdo a los planteamientos de esta normativa, cubriendo al menos el 85% del consumo de toda la energía del conjunto de instalaciones ubicadas en el territorio nacional de una compañía, analizando tanto edificios como procesos y flota de transporte.
El objetivo de la unión europea, es ahorrar al menos un 20% de energía para 2020, para lo cual es necesario sacar el máximo partido a la auditoría energética, considerando los alcances de la misma. 
 
Además de ello, existen muchas empresas, especialmente en industria que llevan mucho tiempo trabajando en eficiencia energética. En relación a ello, son necesarios como mínimo, dos meses para desarrollar un estudio y análisis de los consumos de la empresa. Cómo mínimo, se necesitan dos meses para realizar un estudio y análisis de cuándo, dónde, cómo y por qué consume una empresa, además de realizar propuestas para la mejora de la eficiencia energética. 
 
No obstante, el Real Decreto no obliga a implantar esas medidas de mejora. El objetivo de la norma no es otro que el desarrollo y análisis de los consumos para que la empresa sea consciente de las posibilidades de ahorro, aunque depende de la entidad aplicarlas o no. Aunque la auditoría permite el desarrollo de ahorros potenciales medios del 20% en energía. Muchas empresas, especialmente del sector industria, llevan tiempo considerando temas de eficiencia energética, por el elevado coste que supone para la empresa. 
 
En relación a la auditoría energética, las empresas disponen de un plazo de tres meses para archivarla en el registro administrativo de Auditoría Energética Nacional  de la comunidad autónoma en la que se encuentre la instalación. Esto vincula directamente a las Comunidades Autónomas con las auditorías de eficiencia, ya que éstas tendrán potestad para sancionar e inspeccionar las empresas, pudiendo desarrollar criterios tanto para grandes compañías de ámbito nacional, como para otros centros de trabajo en varias regiones. 
 
Dado el límite temporal impuesto, existe gran incertidumbre en relación a lo que puede ocurrir, ya que la norma recoge sanciones que van de muy graves (no hacer la auditoría) a graves (hacerla incorrectamente) o leves (no comunicarla) que pueden incurrir en multas de hasta 60.000 euros.
 
Ante ello, existe una alternativa a la auditoría recogida en el Real Decreto, que considera la posibilidad de aplicación de un sistema de gestión energética o ambiental, incluyendo un certificado emitido por un organismo independiente con arreglo a las normas europeas o internacionales. 
 
No obstante, también deben incluir una auditoría energética conforme a las directrices mínimas del Real Decreto. Por tanto, no hay escapatoria al requisito de cumplir con una auditoría que analice los consumos de energía de la empresa antes del 14 de Noviembre. 
 
Por otro lado, el Club de Excelencia en Sostenibilidad y el Observatorio de Eficiencia Energética ha desarrollado un informe en el que se han investigado 40 grandes compañías españolas y su adecuación al Real Decreto.  Este ha desvelado que en torno al 70% de las entidades existía una facturación superior a 300 millones de euros y sólo un 16% menos de 50 millones de euros. 
Las empresas eran en su mayoría del sector industrial, de la energía, transporte y construcción, y los resultados revelan que el 77% de ellas había realizado una auditoría energética en alguna de sus instalaciones en los últimos cinco años. Por lo que la mayor parte de estas empresas estarían dentro del ámbito de aplicación de la normativa. 
 
A pesar de ello, existen compañías de menor tamaño que pueden tener un grado inferior de adecuación a la ley en lo relativo a las auditorías energéticas y quizás su principal inconveniente sea el cumplimiento de plazos. 
 
Este requerimiento, lejos de ser una desventaja para la empresa supone una oportunidad de negocio, ya que cualquier acción que tenga como objetivo la reducción de las emisiones de CO2, puede ser objeto de reconocimiento para la empresa. 
 
Fuente: ABC Economía
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