Como resultado de la reforma europea de la protección de los datos, se potencian muchos de los derechos que asisten a los ciudadanos en relación a sus datos.
La información que ha de proporcionarse al consumidor a día de hoy se ve reforzada en el sentido de la importancia de comunicar plazos en los que se conservarán los datos, además del derecho que asiste a cada titular de presentar cuando proceda las denuncias correspondientes en la materia ante las autoridades que proceda.
Estas nuevas reglas europeas en materia de protección de datos han recibido el pasado jueves el visto bueno en el parlamento, recogiendo entre otros datos, aquellos referentes a la rectificación o supresión de datos personales.
Además de ello, se considera que mediante la nueva regulación del cumplimiento del reglamento se refuerza de manera sostenible la necesidad de probar y evidenciar el cumplimiento del Reglamento mediante la adopción e implementación de políticas y medidas.Se suprimen de manera concreta, las medidas de seguridad necesarias en cada caso, obligando a los responsables a concretarlas bajo su propia responsabilidad.
Se prevé que esta normativa entre en vigor en un plazo de dos años. Para lo que se desarrollarán medidas que persigan la adaptación y adecuación a la misma, acompañándola de normas complementarias relativas al resto de datos. Entre las normas incluidas como apoyo de la misma, destacar el desarrollo de nuevas reglas de trasmisión de datos con la finalidad de garantizar una cooperación efectiva, iniciando de este modo una nueva etapa en la que la intimidad y privacidad del consumidor cedan el paso a la confianza del consumidor en relación al tratamiento de sus datos personales.
- Cambios en el trabajo
En cuanto al trabajo, se dará mayor importancia a la documentación y a los registros que prueben el cumplimiento y las evaluaciones de impacto previas al tratamiento, la consideración de la privacidad, ya desde el inicio del diseño de aplicaciones y sistemas.
Es por todo ello, que se considera, la necesidad e importancia de que muchas organizaciones gestionen la privacidad de forma diferente a la que se desarrollaba hasta el momento.
Las entidades con cierto tamaño, o de sectores concretos, pese a no estar obligadas a nombrar un “data protection oficer”, lo tendrán en la práctica.
Fuente: eleconomista.es