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Noticias  /  Publicados los nuevos Reglamentos Europeos de productos sanitarios

Publicados los nuevos Reglamentos Europeos de productos sanitarios

El pasado 5 de mayo se ha llevado a cabo la publicación de los nuevos reglamentos sobre productos sanitarios y productos sanitarios para diagnóstico in vitro en el Diario Oficial de la Unión Europea.

10/05/2017

Los productos sanitarios constituyen un sector de tecnologías muy diversas involucrados en el tratamiento y el diagnóstico de las enfermedades, el mantenimiento y mejora de la calidad de vida de los pacientes y la integración social de las personas con discapacidades.

Por su elevado número y su alto grado de innovación tienen un importante impacto en los sistemas sanitarios y en la oferta de servicios de salud a la población. La legislación vigente de productos sanitarios, que data de la década de los 90, pese a haber sufrido modificaciones desde su adopción, tenía la necesidad de proceder a una revisión general para adaptarlo al progreso tecnológico del sector y proporcionar garantías reforzadas de salud y seguridad.

De esta forma, los nuevos Reglamentos de productos sanitarios, que han sido publicados este mes de mayo, inciden, entre otros, en los siguientes aspectos:

  • Procesos más rigurosos para la introducción en el mercado y comercialización de los productos: se refuerzan los procedimientos de designación y supervisión de los organismos notificados que evalúan los productos por las autoridades, así como los propios procedimientos de evaluación de la conformidad; se introduce un mecanismo de consulta a expertos en productos de alto riesgo; se regulan con mayor detalle las investigaciones clínicas.
  • Clarificación de las obligaciones y responsabilidades de los agentes económicos (fabricantes, representantes autorizados, importadores, distribuidores): se definen las funciones de cada figura; se exige a los fabricantes un sistema de garantía de calidad y una persona cualificada para el cumplimiento de la regulación.
  • Fortalecimiento del seguimiento, vigilancia y control tras la comercialización de los productos: se impone a los fabricantes la obligación de mantener un sistema para revisar la experiencia adquirida con sus productos; se establecen mecanismos para evaluar y coordinar mejor las acciones de vigilancia de incidentes; se dan mayores poderes a las autoridades para realizar un control del mercado.
  • Aumento de la transparencia y la trazabilidad: cierta información esencial estará al alcance de los profesionales, los pacientes y el público en general. Por otra parte, los productos irán identificados con un sistema de identificación única (UDI) que facilitará su búsqueda en las bases de datos y la realización de las acciones de seguridad que sean necesarias.
  • Mejora de la coordinación y cooperación administrativa a través del Grupo de Coordinación de Productos Sanitarios.

Los Reglamentos requieren ser completados mediante actos delegados y de ejecución a través de Reglamentos de la Comisión que detallarán numerosos aspectos necesarios para poder llevar a la práctica sus disposiciones. También es preciso acometer desarrollos técnicos e informáticos, como la Nomenclatura de productos sanitarios o la Base de Datos EUDAMED, que son esenciales para implementar los procedimientos previstos.

 

 

Fuente: AEMPS

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