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Noticias  /  Requisitos FSMA (FDA): La compra internacional de alimentos

Requisitos FSMA (FDA): La compra internacional de alimentos

Especificación de obligaciones para la importación mediante el desarrollo de la regla FSVP

18/08/2016

La importación de alimentos es un aspecto del que se derivan múltiples riesgos. En relación a ello, y con la finalidad de garantizar la protección del estado y la seguridad de los mismos, la FDA ha desarrollado la especificación FSVP en la que se hace referencia a la importancia y necesidad de verificar ciertos requisitos básicos, corroborando que todo alimento importados se ha producido adecuadamente, garantizando así la salud pública.

 Esta especificación va mas allá de los requerimientos aplicables a los encargados del procesado de alimentos domésticos producidos en granjas, garantizando la inexistencia de adulteración o el mal etiquetado de productos respecto a los posibles alérgenos que puedan contener. Al mismo tiempo este programa tiene un propósito fundamental en relación al nuevo paradigma de importación, ya que hace obligatorio para los importadores la asunción de responsabilidades por la seguridad de los alimentos que importan, sirviendo al mismo tiempo de comprobación adicional en el sistema.

  • ¿Cuáles son los requisitos finales para las actividades de verificación requeridas a los proveedores?

 La regla final se caracteriza por la flexibilidad que da a importadores para determinar las medidas de verificación más adecuadas en función de los riesgos asociados al aprovisionamiento de alimentos, al mismo tiempo, reconoce los riesgos asociados a la salud pública, suponiendo mayor peligro para la salud pública.

En las ocasiones en las que sea necesario, y en relación a las circunstancias concretas, las actividades de verificación del proveedor podrían incluir auditorías, revisión de registros, muestreo y ensayo, alguna combinación de éstas, u otras actividades, en las ocasiones en las que existan razones para creer que existen riesgos en alimentos. Estos serán controlados por el proveedor extranjero, existiendo una probabilidad de causar efectos sobre la salud o muertes.

Por tanto es necesario el desarrollo de una norma de verificación clara y rigurosa, en forma de auditoría anual a proveedores que garantice la seguridad alimentaria. A pesar de ello, los importadores tienen flexibilidad para emplear enfoques diferentes si pueden demostrar que se proporciona seguridad, cuando el proveedor extranjero se encargue de minimizar o prevenir significativamente cualquier peligro.

  • ¿Qué obligaciones se ven obligados a cumplir los importadores? ¿qué importancia tienen los reglamentos FSVP y las regulaciones sobre los medios de prevención para los alimentos humanos y los animales?

Los importadores de alimentos solamente están sujetos a las reglas de controles preventivos, en los casos en los que en las instalaciones se fabrique, procese, envase o almacene comida. Un importador que disponga de instalaciones de este tipo, se ve sometido a los aspectos de la FSVP ante casos concretos, entre los que podemos considerar:

         -    Ante el cumplimiento de los requisitos del programa de la cadena de suministro en las reglas de los medios de prevención

        -    Ante la aplicación de los medios de prevención con el objetivo de minimizar o prevenir de forma significativa los riesgos de conformidad con los requisitos de las normas o controles preventivos

Además, podemos considerar que no es necesaria la implementación de un control preventivo en los casos en los que las regulaciones de controles preventivos en circunstancias concretas (cuando por ejemplo, nuestro cliente minimice o prevenga riesgos, y cuando las instalaciones cumplan los requisitos, sin depender de otros clientes para minimizar o prevenir de forma significativa los riesgos)

  • ¿Qué empresas se ven sujetas a la regla FSVP?

Los requisitos de la norma FSVP aplicarán a todos los importadores, a menos que haya una exención,  siendo necesario considerar plos casos en los que:

(A) El propietario sea de Estados Unidos o el destinatario de un alimento ofrecido para su importación se localice en los Estados Unidos; o 

(B) No existe titular en Estados Unidos o el destinatario en el momento de la entrada de Estados Unidos, siendo el importador el agente estadounidense o representante de un propietario extranjero o del destinatario de la comida y ofreciéndose para su importación en el momento de entrada, de acuerdo a lo establecido en una declaración de consentimiento firmada.

  • ¿A qué alimentos se aplica la regla?

Requisitos FSVP se aplicarán a todos los alimentos importados por el importador o el agente del importador, a menos que haya una exención.

  • ¿Qué alimentos están exentos de la regla FSVP?
  • Pescado y productos que se importen de un proveedor extranjero, requiriéndose el cumplimiento de conformidad de acuerdo al análisis de peligros de la FDA y los puntos críticos de control  de acuerdo a regulaciones HACCP para esos productos, así como para ciertas materias primas u otros ingredientes para utilizar en el procesamiento de pescado u otros productos pesqueros  en cumplimiento de HACCP.
  • Productos derivados de zumo, que se importen de proveedores extranjeros para los que se requiere el cumplimiento con la regulación FDA- HACCP para esos productos, así como para determinadas materias primas u otros ingredientes, para su uso en el procesamiento de jugos de conformidad con HACCP.
  • Alimentos para la investigación o evaluación
  • Alimentos para el consumo personal
  • Bebidas alcohólicas y determinadas materias primas e ingredientes que se importan para su uso en bebidas alcohólicas
  • Los alimentos que se importen para el procesamiento y la exportación futura
  • Alimentos enlatados de bajo ácido, tales como conservas vegetales, pero sólo con respecto a los riesgos microbiológicos
  • Algunos tipos de carne, aves y productos de huevo
  • La comida que se va a transbordar, lo que significa que se detenga en los EE.UU. en el camino a otro país
  • Alimentos de Estados Unidos que se exporten y se devuelvan sin más la fabricación o elaboración en un país extranjero.
  • ¿Están los dueños de restaurantes que sirven alimentos de otros países sujetos a FSVP? 

Solamente en las ocasiones en las que se cumpla con la definición de importador, (es decir, el dueño de la comida en el momento de la inscripción ante el agente estadounidense designado o representante). Si la adquisición se realiza a otra entidad de Estados Unidos, el restaurante probablemente no sería el importador con responsabilidad directa sobre el cumplimiento de los requisitos FSVP.

  • ¿Qué pasa si no se identifican los riesgos que implica el control de un alimento en particular?

Pueden darse muchas circunstancias ante las que un importador evalúe los riesgos conocidos y razonablemente previsibles en un alimento y determine que no existen peligros que requieren control. Ante estos casos, el importador no tiene La obligación de llevar a cabo una evaluación de los proveedores o verificar los proveedores extranjeros, así como las actividades relacionadas con la conducta, sin ser necesario llevar a cabo tales actividades.

Podemos encontrarnos con ejemplos de alimentos para los que puede que no existan peligros que requieran controles en los que se incluye: La sal,muchos tipos de galletas, muchos tipos de dulces (caramelos, dulce de azúcar, caramelos de arce, Taffy/toffe) pan, pasta seca, miel, melaza, azúcar, jarabes, bebidas sin alcohol y ciertas mermeladas, jaleas y conservas.

 

Fuente:  FDA 

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